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Calculadora de gastos de transferencia de vehículo en Madrid cuánto vas a pagar exactamente.

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En Gestoriavehiculos.com llevamos más de 38 años realizando transferencias de vehículos en Madrid. Lo que ves aquí no es información genérica: son los datos oficiales del BOE 2025, las tablas de Hacienda vigentes y los importes exactos de la DGT que aplicamos a diario en nuestras 8 oficinas de Madrid, Las Rozas y Alcorcón.

Introduce el tipo de vehículo, el año de matriculación y, si lo conoces, el valor venal oficial que Hacienda asigna a tu modelo. La herramienta aplica automáticamente los coeficientes de depreciación del BOE 2025 y calcula el ITP al 4% de Madrid, la tasa fija de la DGT y el total estimado con y sin gestoría.

BOE 2025

Calculadora de gastos de transferencia de vehículo · Madrid

Tasa DGT + ITP · Datos oficiales Orden HAC/1484/2024 · Resultado en segundos

38 años en Madrid 10.000 trámites/año Gestores colegiados Fuente BOE oficial

Compra entre particulares: se paga ITP en Hacienda de Madrid (4%).

Basado en valores medios del BOE para vehículos de ese segmento.

Calcula el año automáticamente.

Se autocompleta con la matrícula.

Si lo conoces, usamos tu valor en lugar del estimado.

Si es mayor que el venal, se usa como base del ITP.

Selecciona el año de matriculación para continuar.

Resultado estimado

Antigüedad

Tasa DGT (fija)

Obligatoria en todo caso

Valor venal depreciado

Base imponible ITP

ITP estimado · Madrid 4%

Modelo 620/621 en Hacienda CM

Total mínimo estimado (sin gestoría)

Con gestoría: —

Resultado orientativo. La base imponible del ITP es el mayor valor entre el precio del contrato y el valor fiscal de tablas del BOE. El valor fiscal exacto depende del modelo concreto de tu vehículo. Consulta con un gestor administrativo colegiado antes de liquidar el impuesto.

¿Prefieres que lo hagamos por ti?

Realizamos el trámite el mismo día con permiso provisional en el acto. Sin desplazamientos a Hacienda ni DGT. Presupuesto cerrado sin sorpresas.

Fuente de los datos: Orden HAC/1484/2024, de 26 de diciembre, del Ministerio de Hacienda, que aprueba los precios medios aplicables en la gestión del ITP (BOE núm. 313 de 28/12/2024). Coeficientes de depreciación del Anexo IV. Tasas DGT según Ley 16/1979, sobre tasas de la Jefatura Central de Tráfico.
Enlace copiado al portapapeles

Para entender el resultado de la calculadora —y para no llevarte sorpresas al llegar a la gestoría o a Hacienda— conviene tener claros los tres bloques de coste que intervienen en toda transferencia de vehículo.

ConceptoImporte 2025Quién pagaDónde se paga
Tasa DGT (Tasa 1.5)55,70 € coche/moto — 27,85 € ciclomotorCompradorSede electrónica DGT o en oficina
ITP — Impuesto de Transmisiones4% del valor venal depreciado (Madrid)CompradorHacienda Comunidad de Madrid (Modelo 620/621)
Honorarios de gestoría60–130 € aprox. en MadridComprador (acuerdo)A la gestoría en el momento del trámite
Notificación de venta (opcional vendedor)8,67 € (Tasa 4.1)VendedorSede electrónica DGT (protege al vendedor)

La tasa de la DGT: fija y obligatoria

La tasa 1.5 de la DGT es el importe que el Estado cobra por gestionar el cambio de titularidad en sus registros. En 2025 asciende a 55,70 euros para turismos, furgonetas y motocicletas, y a 27,85 euros para ciclomotores. Este importe es idéntico en toda España y no varía por el valor del vehículo ni por la comunidad autónoma. No hay forma de reducirlo ni bonificarlo.

El ITP: el componente variable y el que más confunde

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un impuesto autonómico que se paga siempre que se compra un vehículo usado a un particular. En Madrid el tipo es del 4%, uno de los más bajos de España. Pero el 4% se aplica no sobre el precio que pusiste en el contrato, sino sobre el valor que Hacienda asigna a tu vehículo según sus tablas del BOE. Esto significa que aunque hayas comprado el coche por 5.000 euros, si Hacienda lo valora en 7.000, pagas el 4% de 7.000. Importante: si el precio del contrato es mayor que el valor de Hacienda, se usa el precio del contrato.

Los honorarios de gestoría: opcional, pero con mucho valor

Gestionar la transferencia tú mismo es posible a través de la sede electrónica de la DGT si tienes certificado digital o Cl@ve, pero implica al menos tres pasos en organismos distintos (Hacienda, DGT y en algunos casos el Registro de Bienes Muebles). Un error en cualquiera de ellos bloquea el trámite. Una gestoría colegiada realiza el trámite el mismo día de la cita, te entrega un justificante provisional para circular de inmediato y se responsabiliza del resultado. En Madrid los honorarios habituales para una transferencia estándar oscilan entre 60 y 130 euros.

El cálculo del ITP tiene una lógica clara que se puede resumir en cuatro pasos. Una vez que los entiendas, la calculadora de arriba tendrá mucho más sentido —y podrás verificar su resultado.

Paso 1: busca el valor fiscal de tu vehículo en las tablas del BOE

Cada año el Ministerio de Hacienda publica en el BOE una Orden Ministerial con el valor fiscal de los vehículos usados. Para 2025 la referencia es la Orden HAC/1484/2024, publicada el 28 de diciembre de 2024. En estas tablas encontrarás tu marca y modelo con un valor de referencia en euros. La Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid también ofrece un buscador online que lo calcula automáticamente con la matrícula.

Paso 2: aplica el coeficiente de depreciación por antigüedad

Sobre el valor fiscal del BOE, Hacienda aplica un porcentaje que refleja el desgaste del vehículo con el tiempo. La tabla de depreciación del Anexo IV de la Orden HAC/1484/2024 es la siguiente:

Antigüedad del vehículoCoeficiente de depreciaciónEjemplo: valor base 20.000 €
Menos de 1 año100% (sin depreciación)20.000 €
1 a 2 años84%16.800 €
2 a 3 años67%13.400 €
3 a 4 años56%11.200 €
4 a 5 años47%9.400 €
5 a 6 años39%7.800 €
6 a 7 años34%6.800 €
7 a 8 años28%5.600 €
8 a 9 años24%4.800 €
9 a 10 años19%3.800 €
10 a 11 años17%3.400 €
11 a 12 años13%2.600 €
Más de 12 años10% (mínimo)2.000 €

Fuente: Anexo IV de la Orden HAC/1484/2024 (BOE núm. 313 de 28/12/2024). Los porcentajes llevan años sin modificarse, pero deben verificarse en la Orden anual vigente.

Paso 3: determina la base imponible

La base imponible del ITP es el mayor de estos dos valores: el valor fiscal depreciado que has calculado en los pasos anteriores, o el precio que figura en el contrato de compraventa. Si pagaste menos de lo que Hacienda valora el vehículo, tributas por el valor de Hacienda. Si pagaste más, tributas por el precio del contrato. Esto protege a Hacienda frente a contratos subvalorados.

Paso 4: aplica el 4% del ITP de Madrid

Sobre la base imponible resultante aplicas el tipo del 4%, que es el tipo general del ITP para vehículos en la Comunidad de Madrid. El resultado es el importe del ITP que debes liquidar mediante el Modelo 620 (presencial) o el Modelo 621 (telemático) ante la Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid, antes de acudir a la DGT.

EJEMPLO 1 — SEAT LEÓN 1.4 TSI · 5 AÑOS · COMPRA ENTRE PARTICULARES EN MADRID Valor fiscal BOE: 12.400 €. Coeficiente 5 años (39%): 12.400 × 0,39 = 4.836 €. Precio del contrato: 5.200 € (mayor → se usa como base). ITP Madrid (4%): 5.200 × 4% = 208 €. Tasa DGT: 55,70 €. Total mínimo sin gestoría: 263,70 €. Con gestoría (est.): 323–393 €.
EJEMPLO 2 — TOYOTA COROLLA · 13 AÑOS · VALOR BAJO Valor fiscal BOE: 9.800 €. Coeficiente +12 años (10%): 9.800 × 0,10 = 980 €. Precio del contrato: 2.500 € (mayor → se usa como base). ITP Madrid (4%): 2.500 × 4% = 100 €. Tasa DGT: 55,70 €. Total mínimo sin gestoría: 155,70 €. Con gestoría (est.): 215–285 €. Coche antiguo y barato → coste de transferencia muy reducido.
EJEMPLO 3 — COCHE COMPRADO A CONCESIONARIO (IVA, NO ITP) Si el vendedor es una empresa o concesionario con factura, la operación tributa por IVA (21%), incluido en el precio de venta. En este caso NO se presenta el Modelo 620 ni se paga ITP. Solo se paga la tasa DGT de 55,70 €. El concesionario suele gestionar la transferencia incluida o con un coste adicional.

El ITP es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, lo que significa que cada región fija su propio porcentaje. El tipo aplicable es siempre el de la comunidad donde reside el comprador, independientemente de dónde esté el vehículo.

Comunidad autónomaTipo ITP vehículosObservaciones
Madrid4%De los más bajos. Sin recargo por potencia en turismos estándar
Murcia4%Igual que Madrid
Navarra4%Igual que Madrid
Andalucía4% (general)8% para vehículos con más de 15 CV fiscales
Canarias4%Igual que Madrid
Galicia4% (desde 2024)Bajó del 8% en 2024
Cataluña5%Exentos vehículos >10 años con valor venal <40.000 €
La Rioja6%
Castilla-La Mancha6%
Comunidad Valenciana6%Variable según cilindrada en algunos casos
CantabriaHasta 8%De los más caros de España
Ceuta / Melilla2%50% bonificación para residentes

Para un turismo de valor venal medio (10.000 €), el ITP en Madrid sería de 400 euros. El mismo vehículo en Cantabria podría suponer hasta 800 euros solo de ITP. Madrid está entre las comunidades más favorables para hacer transferencias de vehículos.

No todas las transmisiones de vehículos están sujetas al ITP. Es importante conocer los supuestos en los que este impuesto no aplica o es sustituido por otro:

  • en este caso la operación tributa por IVA (21%) que va incluido en el precio. No se presenta Modelo 620 ni se paga ITP ante Hacienda autonómica.Compra a concesionario o empresa con factura:
  • la transmisión gratuita de un vehículo no tributa por ITP sino por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), cuya base y tipo varían según la comunidad y el grado de parentesco.Donación de un familiar:
  • igual que la donación, el vehículo heredado tributa por ISD (Modelo 650), no por ITP. El plazo para comunicar el fallecimiento a la DGT es de 90 días.Herencia o fallecimiento del titular:
  • puede estar sujeto a reducciones o tipos especiales dependiendo de su clasificación y de la normativa autonómica vigente.Vehículo histórico con más de 30 años:
  • algunas comunidades autónomas han introducido bonificaciones del ITP para este tipo de vehículos. En Madrid conviene verificar la normativa vigente en el momento de la compra.Vehículos eléctricos y de bajas emisiones:
  • si el vehículo ha sido dedicado exclusivamente a actividades de enseñanza de conductores, taxi, autotaxi, autoturismo o alquiler sin conductor durante más de 6 meses desde la primera matriculación, el valor venal se reduce al 70% (Anexo IV del BOE).Reducción al 70% para taxi, autoescuela o alquiler:
ERROR FRECUENTE QUE PUEDE COSTAR CARO Muchos compradores creen que pueden declarar un precio de compraventa inferior al valor real para pagar menos ITP. La ley es clara: si Hacienda comprueba que el precio declarado es inferior al valor de mercado, emitirá una liquidación complementaria por la diferencia. Además, la mera diferencia entre el precio del contrato y el valor de las tablas del BOE ya obliga a tributar por el mayor de los dos desde la reforma de 2021.

¿Cuándo vale la pena usar una gestoría para la transferencia?

Esta es la pregunta que más nos hacen y la respuesta honesta es: depende. Te explicamos cuándo tiene sentido hacerlo tú mismo y cuándo una gestoría se paga sola.

Cuándo puedes tramitarlo tú sin gestoría

Si el vehículo es un turismo estándar sin cargas ni embargos, si tienes certificado digital o acceso a Cl@ve, si el ITP es sencillo de calcular (antigüedad y valor claros) y si dispones de tiempo para gestionar tres organismos distintos (Hacienda, DGT y pago de tasa), puedes hacerlo tú y ahorrar los honorarios.

Cuándo una gestoría se paga sola

  • el gestor detecta el problema antes del trámite y te asesora para evitar que heredes deudas.Vehículo con cargas o reserva de dominio:
  • herencia, divorcio, empresa, menor de edad, comprador de otra comunidad autónoma. Cada uno tiene documentación específica que un error puede invalidar.Casos especiales:
  • si el impuesto es elevado, un error en el cálculo de la base imponible puede costar más que los propios honorarios de la gestoría.ITP alto:
  • solo las gestorías colegiadas realizan el trámite telemático en el acto y te entregan el justificante para circular de inmediato.Necesitas el permiso provisional ese mismo día:
  • el coste de oportunidad de gestionar el trámite tú mismo suele superar los honorarios de la gestoría para la mayoría de las personas.No tienes certificado digital ni tiempo:

P: ¿Cuánto cuesta el cambio de titularidad de un coche en Madrid?

R: El coste mínimo son 55,70 euros de tasa DGT más el ITP, que en Madrid es el 4% del valor venal depreciado de tu vehículo. Para un coche de valor medio (8.000-12.000 euros), el total sin gestoría suele situarse entre 200 y 400 euros. Con gestoría, añade entre 60 y 130 euros adicionales. Usa la calculadora de esta página para obtener tu cifra personalizada.

P: ¿Puedo pagar el ITP online en Madrid?

R: Sí. La Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid permite presentar y pagar el Modelo 621 (versión telemática del 620) a través de su sede electrónica con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. El sistema genera automáticamente el valor venal según la matrícula y confirma el importe a pagar. Si no tienes identificación electrónica, puedes presentarlo presencialmente en cualquier oficina liquidadora.

P: ¿Qué pasa si declaro un precio inferior al valor de Hacienda?

R: Hacienda puede iniciar una comprobación de valores y emitir una liquidación complementaria por la diferencia entre lo declarado y el valor de sus tablas, más intereses de demora. Desde la reforma del artículo 10 de la Ley del ITP en 2021, la base imponible es el mayor de los dos valores: precio real o valor fiscal. No hay ventaja en declarar un precio inferior al de tablas.

P: ¿Cuánto tiempo tengo para pagar el ITP y hacer la transferencia?

R: El plazo es de 30 días hábiles desde la fecha de firma del contrato de compraventa para presentar el Modelo 620/621 en Hacienda. El plazo para completar la transferencia en la DGT es también de 30 días naturales desde la firma del contrato. Retrasar el trámite puede generar sanciones y mantiene al vendedor como titular responsable.

P: ¿Hay algún coste para el vendedor?

R: El vendedor no paga ITP ni tasa DGT de transferencia. Sin embargo, se recomienda encarecidamente que presente la notificación de venta ante la DGT (tasa 4.1 de 8,67 euros) para liberarse de toda responsabilidad sobre multas o incidencias que ocurran desde el momento de la venta, mientras el comprador completa el cambio de titularidad.

P: ¿Qué ocurre si no pago el ITP en el plazo de 30 días?

R: Presentar el Modelo 620 fuera de plazo genera un recargo sobre la cantidad a pagar: del 1% al 15% dependiendo del tiempo transcurrido, más los intereses de demora. Si Hacienda detecta el impago antes de que lo regularices, puede imponerse además una sanción por infracción tributaria. Cuanto antes se regularice, menor es el recargo.

P: ¿La tasa DGT y el ITP se pagan en el mismo sitio?

R: No. Son dos pagos distintos ante organismos diferentes. El ITP (Modelo 620/621) se liquida ante la Hacienda autonómica de la Comunidad de Madrid, antes de la transferencia. La tasa DGT se paga a la Dirección General de Tráfico en el momento de presentar la solicitud de cambio de titularidad, ya sea de forma telemática o presencial en la jefatura.

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