Una de las primeras preguntas que surge al comprar o vender un coche de segunda mano es sencilla pero difícil de responder sin los datos correctos:
¿cuánto me va a costar esto exactamente?
La transferencia de un vehículo en Madrid tiene varios componentes —un impuesto variable, una tasa fija de la DGT y, si usas una gestoría, los honorarios del servicio— y la cantidad final puede ir desde menos de 100 euros para un ciclomotor antiguo hasta más de 800 euros para un turismo de gama media con pocos años.
Este artículo, junto con la calculadora interactiva que encontrarás a continuación, te da la respuesta exacta para tu caso en menos de un minuto.
En Gestoriavehiculos.com llevamos más de 38 años realizando transferencias de vehículos en Madrid. Lo que ves aquí no es información genérica: son los datos oficiales del BOE 2025, las tablas de Hacienda vigentes y los importes exactos de la DGT que aplicamos a diario en nuestras 8 oficinas de Madrid, Las Rozas y Alcorcón.
| LO MÁS IMPORTANTE ANTES DE EMPEZAR El coste total de una transferencia en Madrid se compone de tres partidas: (1) la tasa de la DGT, que es fija e igual para todos (55,70 € para coche/moto, 27,85 € para ciclomotor); (2) el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que en Madrid es del 4% y se calcula sobre el valor que Hacienda asigna al vehículo —no sobre el precio del contrato—; y (3) los honorarios de la gestoría si decides no tramitarlo tú mismo. El ITP es el único componente variable y es el que más dudas genera. |
Calculadora de gastos de transferencia · Madrid 2025
Introduce el tipo de vehículo, el año de matriculación y, si lo conoces, el valor venal oficial que Hacienda asigna a tu modelo. La herramienta aplica automáticamente los coeficientes de depreciación del BOE 2025 y calcula el ITP al 4% de Madrid, la tasa fija de la DGT y el total estimado con y sin gestoría.
Calculadora de gastos de transferencia de vehículo · Madrid
Tasa DGT + ITP · Datos oficiales Orden HAC/1484/2024 · Resultado en segundos
Compra entre particulares: se paga ITP en Hacienda de Madrid (4%).
Basado en valores medios del BOE para vehículos de ese segmento.
Calcula el año automáticamente.
Se autocompleta con la matrícula.
Si lo conoces, usamos tu valor en lugar del estimado.
Si es mayor que el venal, se usa como base del ITP.
Resultado estimado
Antigüedad
—
—
Tasa DGT (fija)
—
Obligatoria en todo caso
Valor venal depreciado
—
Base imponible ITP
ITP estimado · Madrid 4%
—
Modelo 620/621 en Hacienda CM
Total mínimo estimado (sin gestoría)
—
Con gestoría: —
Consulta el valor fiscal oficial asignado a tu modelo en el buscador de la Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid o directamente en el Anexo I del BOE (Orden HAC/1484/2024).
¿Prefieres que lo hagamos por ti?
Realizamos el trámite el mismo día con permiso provisional en el acto. Sin desplazamientos a Hacienda ni DGT. Presupuesto cerrado sin sorpresas.
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De qué se componen los gastos de transferencia en Madrid
Para entender el resultado de la calculadora —y para no llevarte sorpresas al llegar a la gestoría o a Hacienda— conviene tener claros los tres bloques de coste que intervienen en toda transferencia de vehículo.
| Concepto | Importe 2025 | Quién paga | Dónde se paga |
| Tasa DGT (Tasa 1.5) | 55,70 € coche/moto — 27,85 € ciclomotor | Comprador | Sede electrónica DGT o en oficina |
| ITP — Impuesto de Transmisiones | 4% del valor venal depreciado (Madrid) | Comprador | Hacienda Comunidad de Madrid (Modelo 620/621) |
| Honorarios de gestoría | 60–130 € aprox. en Madrid | Comprador (acuerdo) | A la gestoría en el momento del trámite |
| Notificación de venta (opcional vendedor) | 8,67 € (Tasa 4.1) | Vendedor | Sede electrónica DGT (protege al vendedor) |
La tasa de la DGT: fija y obligatoria
La tasa 1.5 de la DGT es el importe que el Estado cobra por gestionar el cambio de titularidad en sus registros. En 2025 asciende a 55,70 euros para turismos, furgonetas y motocicletas, y a 27,85 euros para ciclomotores. Este importe es idéntico en toda España y no varía por el valor del vehículo ni por la comunidad autónoma. No hay forma de reducirlo ni bonificarlo.
El ITP: el componente variable y el que más confunde
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es un impuesto autonómico que se paga siempre que se compra un vehículo usado a un particular. En Madrid el tipo es del 4%, uno de los más bajos de España. Pero el 4% se aplica no sobre el precio que pusiste en el contrato, sino sobre el valor que Hacienda asigna a tu vehículo según sus tablas del BOE. Esto significa que aunque hayas comprado el coche por 5.000 euros, si Hacienda lo valora en 7.000, pagas el 4% de 7.000. Importante: si el precio del contrato es mayor que el valor de Hacienda, se usa el precio del contrato.
Los honorarios de gestoría: opcional, pero con mucho valor
Gestionar la transferencia tú mismo es posible a través de la sede electrónica de la DGT si tienes certificado digital o Cl@ve, pero implica al menos tres pasos en organismos distintos (Hacienda, DGT y en algunos casos el Registro de Bienes Muebles). Un error en cualquiera de ellos bloquea el trámite. Una gestoría colegiada realiza el trámite el mismo día de la cita, te entrega un justificante provisional para circular de inmediato y se responsabiliza del resultado. En Madrid los honorarios habituales para una transferencia estándar oscilan entre 60 y 130 euros.
Cómo calcular el ITP en Madrid paso a paso
El cálculo del ITP tiene una lógica clara que se puede resumir en cuatro pasos. Una vez que los entiendas, la calculadora de arriba tendrá mucho más sentido —y podrás verificar su resultado.
Paso 1: busca el valor fiscal de tu vehículo en las tablas del BOE
Cada año el Ministerio de Hacienda publica en el BOE una Orden Ministerial con el valor fiscal de los vehículos usados. Para 2025 la referencia es la Orden HAC/1484/2024, publicada el 28 de diciembre de 2024. En estas tablas encontrarás tu marca y modelo con un valor de referencia en euros. La Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid también ofrece un buscador online que lo calcula automáticamente con la matrícula.
Paso 2: aplica el coeficiente de depreciación por antigüedad
Sobre el valor fiscal del BOE, Hacienda aplica un porcentaje que refleja el desgaste del vehículo con el tiempo. La tabla de depreciación del Anexo IV de la Orden HAC/1484/2024 es la siguiente:
| Antigüedad del vehículo | Coeficiente de depreciación | Ejemplo: valor base 20.000 € |
| Menos de 1 año | 100% (sin depreciación) | 20.000 € |
| 1 a 2 años | 84% | 16.800 € |
| 2 a 3 años | 67% | 13.400 € |
| 3 a 4 años | 56% | 11.200 € |
| 4 a 5 años | 47% | 9.400 € |
| 5 a 6 años | 39% | 7.800 € |
| 6 a 7 años | 34% | 6.800 € |
| 7 a 8 años | 28% | 5.600 € |
| 8 a 9 años | 24% | 4.800 € |
| 9 a 10 años | 19% | 3.800 € |
| 10 a 11 años | 17% | 3.400 € |
| 11 a 12 años | 13% | 2.600 € |
| Más de 12 años | 10% (mínimo) | 2.000 € |
Fuente: Anexo IV de la Orden HAC/1484/2024 (BOE núm. 313 de 28/12/2024). Los porcentajes llevan años sin modificarse, pero deben verificarse en la Orden anual vigente.
Paso 3: determina la base imponible
La base imponible del ITP es el mayor de estos dos valores: el valor fiscal depreciado que has calculado en los pasos anteriores, o el precio que figura en el contrato de compraventa. Si pagaste menos de lo que Hacienda valora el vehículo, tributas por el valor de Hacienda. Si pagaste más, tributas por el precio del contrato. Esto protege a Hacienda frente a contratos subvalorados.
Paso 4: aplica el 4% del ITP de Madrid
Sobre la base imponible resultante aplicas el tipo del 4%, que es el tipo general del ITP para vehículos en la Comunidad de Madrid. El resultado es el importe del ITP que debes liquidar mediante el Modelo 620 (presencial) o el Modelo 621 (telemático) ante la Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid, antes de acudir a la DGT.
Ejemplos reales con el cálculo completo
| EJEMPLO 1 — SEAT LEÓN 1.4 TSI · 5 AÑOS · COMPRA ENTRE PARTICULARES EN MADRID Valor fiscal BOE: 12.400 €. Coeficiente 5 años (39%): 12.400 × 0,39 = 4.836 €. Precio del contrato: 5.200 € (mayor → se usa como base). ITP Madrid (4%): 5.200 × 4% = 208 €. Tasa DGT: 55,70 €. Total mínimo sin gestoría: 263,70 €. Con gestoría (est.): 323–393 €. |
| EJEMPLO 2 — TOYOTA COROLLA · 13 AÑOS · VALOR BAJO Valor fiscal BOE: 9.800 €. Coeficiente +12 años (10%): 9.800 × 0,10 = 980 €. Precio del contrato: 2.500 € (mayor → se usa como base). ITP Madrid (4%): 2.500 × 4% = 100 €. Tasa DGT: 55,70 €. Total mínimo sin gestoría: 155,70 €. Con gestoría (est.): 215–285 €. Coche antiguo y barato → coste de transferencia muy reducido. |
| EJEMPLO 3 — COCHE COMPRADO A CONCESIONARIO (IVA, NO ITP) Si el vendedor es una empresa o concesionario con factura, la operación tributa por IVA (21%), incluido en el precio de venta. En este caso NO se presenta el Modelo 620 ni se paga ITP. Solo se paga la tasa DGT de 55,70 €. El concesionario suele gestionar la transferencia incluida o con un coste adicional. |
Madrid vs otras comunidades: ¿es cara la transferencia aquí?
El ITP es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, lo que significa que cada región fija su propio porcentaje. El tipo aplicable es siempre el de la comunidad donde reside el comprador, independientemente de dónde esté el vehículo.
| Comunidad autónoma | Tipo ITP vehículos | Observaciones |
| Madrid | 4% | De los más bajos. Sin recargo por potencia en turismos estándar |
| Murcia | 4% | Igual que Madrid |
| Navarra | 4% | Igual que Madrid |
| Andalucía | 4% (general) | 8% para vehículos con más de 15 CV fiscales |
| Canarias | 4% | Igual que Madrid |
| Galicia | 4% (desde 2024) | Bajó del 8% en 2024 |
| Cataluña | 5% | Exentos vehículos >10 años con valor venal <40.000 € |
| La Rioja | 6% | — |
| Castilla-La Mancha | 6% | — |
| Comunidad Valenciana | 6% | Variable según cilindrada en algunos casos |
| Cantabria | Hasta 8% | De los más caros de España |
| Ceuta / Melilla | 2% | 50% bonificación para residentes |
Para un turismo de valor venal medio (10.000 €), el ITP en Madrid sería de 400 euros. El mismo vehículo en Cantabria podría suponer hasta 800 euros solo de ITP. Madrid está entre las comunidades más favorables para hacer transferencias de vehículos.
Cuándo no se paga ITP: los casos de exención y sustitución
No todas las transmisiones de vehículos están sujetas al ITP. Es importante conocer los supuestos en los que este impuesto no aplica o es sustituido por otro:
- en este caso la operación tributa por IVA (21%) que va incluido en el precio. No se presenta Modelo 620 ni se paga ITP ante Hacienda autonómica.Compra a concesionario o empresa con factura:
- la transmisión gratuita de un vehículo no tributa por ITP sino por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), cuya base y tipo varían según la comunidad y el grado de parentesco.Donación de un familiar:
- igual que la donación, el vehículo heredado tributa por ISD (Modelo 650), no por ITP. El plazo para comunicar el fallecimiento a la DGT es de 90 días.Herencia o fallecimiento del titular:
- puede estar sujeto a reducciones o tipos especiales dependiendo de su clasificación y de la normativa autonómica vigente.Vehículo histórico con más de 30 años:
- algunas comunidades autónomas han introducido bonificaciones del ITP para este tipo de vehículos. En Madrid conviene verificar la normativa vigente en el momento de la compra.Vehículos eléctricos y de bajas emisiones:
- si el vehículo ha sido dedicado exclusivamente a actividades de enseñanza de conductores, taxi, autotaxi, autoturismo o alquiler sin conductor durante más de 6 meses desde la primera matriculación, el valor venal se reduce al 70% (Anexo IV del BOE).Reducción al 70% para taxi, autoescuela o alquiler:
| ERROR FRECUENTE QUE PUEDE COSTAR CARO Muchos compradores creen que pueden declarar un precio de compraventa inferior al valor real para pagar menos ITP. La ley es clara: si Hacienda comprueba que el precio declarado es inferior al valor de mercado, emitirá una liquidación complementaria por la diferencia. Además, la mera diferencia entre el precio del contrato y el valor de las tablas del BOE ya obliga a tributar por el mayor de los dos desde la reforma de 2021. |
¿Cuándo vale la pena usar una gestoría para la transferencia?
Esta es la pregunta que más nos hacen y la respuesta honesta es: depende. Te explicamos cuándo tiene sentido hacerlo tú mismo y cuándo una gestoría se paga sola.
Cuándo puedes tramitarlo tú sin gestoría
Si el vehículo es un turismo estándar sin cargas ni embargos, si tienes certificado digital o acceso a Cl@ve, si el ITP es sencillo de calcular (antigüedad y valor claros) y si dispones de tiempo para gestionar tres organismos distintos (Hacienda, DGT y pago de tasa), puedes hacerlo tú y ahorrar los honorarios.
Cuándo una gestoría se paga sola
- el gestor detecta el problema antes del trámite y te asesora para evitar que heredes deudas.Vehículo con cargas o reserva de dominio:
- herencia, divorcio, empresa, menor de edad, comprador de otra comunidad autónoma. Cada uno tiene documentación específica que un error puede invalidar.Casos especiales:
- si el impuesto es elevado, un error en el cálculo de la base imponible puede costar más que los propios honorarios de la gestoría.ITP alto:
- solo las gestorías colegiadas realizan el trámite telemático en el acto y te entregan el justificante para circular de inmediato.Necesitas el permiso provisional ese mismo día:
- el coste de oportunidad de gestionar el trámite tú mismo suele superar los honorarios de la gestoría para la mayoría de las personas.No tienes certificado digital ni tiempo:
| EN GESTORIAVEHICULOS.COM Realizamos el cambio de titularidad de tu vehículo el mismo día de la cita. Con 38 años de experiencia, 8 oficinas en Madrid (capital, Las Rozas y Alcorcón), más de 10.000 clientes al año y horario de lunes a sábado, nos encargamos de todo: cálculo exacto del ITP, presentación del Modelo 620 en Hacienda, tasa DGT y permiso provisional en el acto. Llámanos al 91 415 07 08 o reserva cita en gestoriavehiculos.com. |
Preguntas frecuentes sobre los gastos de transferencia en Madrid
P: ¿Cuánto cuesta el cambio de titularidad de un coche en Madrid?
R: El coste mínimo son 55,70 euros de tasa DGT más el ITP, que en Madrid es el 4% del valor venal depreciado de tu vehículo. Para un coche de valor medio (8.000-12.000 euros), el total sin gestoría suele situarse entre 200 y 400 euros. Con gestoría, añade entre 60 y 130 euros adicionales. Usa la calculadora de esta página para obtener tu cifra personalizada.
P: ¿Puedo pagar el ITP online en Madrid?
R: Sí. La Agencia Tributaria de la Comunidad de Madrid permite presentar y pagar el Modelo 621 (versión telemática del 620) a través de su sede electrónica con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. El sistema genera automáticamente el valor venal según la matrícula y confirma el importe a pagar. Si no tienes identificación electrónica, puedes presentarlo presencialmente en cualquier oficina liquidadora.
P: ¿Qué pasa si declaro un precio inferior al valor de Hacienda?
R: Hacienda puede iniciar una comprobación de valores y emitir una liquidación complementaria por la diferencia entre lo declarado y el valor de sus tablas, más intereses de demora. Desde la reforma del artículo 10 de la Ley del ITP en 2021, la base imponible es el mayor de los dos valores: precio real o valor fiscal. No hay ventaja en declarar un precio inferior al de tablas.
P: ¿Cuánto tiempo tengo para pagar el ITP y hacer la transferencia?
R: El plazo es de 30 días hábiles desde la fecha de firma del contrato de compraventa para presentar el Modelo 620/621 en Hacienda. El plazo para completar la transferencia en la DGT es también de 30 días naturales desde la firma del contrato. Retrasar el trámite puede generar sanciones y mantiene al vendedor como titular responsable.
P: ¿Hay algún coste para el vendedor?
R: El vendedor no paga ITP ni tasa DGT de transferencia. Sin embargo, se recomienda encarecidamente que presente la notificación de venta ante la DGT (tasa 4.1 de 8,67 euros) para liberarse de toda responsabilidad sobre multas o incidencias que ocurran desde el momento de la venta, mientras el comprador completa el cambio de titularidad.
P: ¿Qué ocurre si no pago el ITP en el plazo de 30 días?
R: Presentar el Modelo 620 fuera de plazo genera un recargo sobre la cantidad a pagar: del 1% al 15% dependiendo del tiempo transcurrido, más los intereses de demora. Si Hacienda detecta el impago antes de que lo regularices, puede imponerse además una sanción por infracción tributaria. Cuanto antes se regularice, menor es el recargo.
P: ¿La tasa DGT y el ITP se pagan en el mismo sitio?
R: No. Son dos pagos distintos ante organismos diferentes. El ITP (Modelo 620/621) se liquida ante la Hacienda autonómica de la Comunidad de Madrid, antes de la transferencia. La tasa DGT se paga a la Dirección General de Tráfico en el momento de presentar la solicitud de cambio de titularidad, ya sea de forma telemática o presencial en la jefatura.
Contenido elaborado y supervisado por
Adolfo Garnacho Serrano
Licenciado en Derecho (UCM) · Gestor Administrativo Colegiado nº 2.887 · Tesorero de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Gestores Administrativos de Madrid